¿Puedo elegir yo el abogado?
Sí, y además el abogado que elijas no recibe instrucciones de la aseguradora.
El abogado que te asignan
Cuando se activa una defensa jurídica, lo habitual es que la compañía proponga un letrado de su red. Es cómodo y a menudo funciona bien. Pero mucha gente cree que es la única opción disponible, y no lo es.
La ley reconoce un derecho de elección que no depende de que la aseguradora esté de acuerdo.
Qué dice la ley
El asegurado tiene derecho a elegir libremente el procurador y el abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento. No es un derecho excepcional ni reservado a casos complejos.
La ley lo refuerza expresamente para un supuesto delicado: también hay libre elección cuando se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. Es decir, cuando los intereses del asegurado y los de su propia aseguradora no coinciden.
Y añade una garantía que suele pasar desapercibida y que es la más relevante: el abogado y el procurador designados por el asegurado no están sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador.
El seguro de defensa jurídica obliga a la aseguradora a hacerse cargo de los gastos dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato. Ese matiz importa: el derecho a elegir es pleno, pero la cuantía que la póliza asume tiene el límite que la propia póliza fije.
Un ejemplo
Una reclamación por los daños de una obra en el edificio acaba en procedimiento. La compañía ofrece un abogado de su cuadro; el asegurado prefiere uno de su confianza que ya conoce el asunto.
Puede designarlo. La aseguradora asumirá los honorarios dentro del límite previsto en la póliza, y el abogado elegido dirigirá la defensa sin recibir instrucciones de la compañía.
Antes de decidir, lo práctico es mirar en las condiciones qué límite de gastos recoge la póliza, porque de ahí sale la parte que cubre el seguro.
Dos cosas que conviene mirar en la póliza
Primero, el límite de gastos de la garantía de defensa jurídica: es lo que determina hasta dónde llega la cobertura de los honorarios.
Segundo, si la garantía está contratada y con qué alcance. La defensa jurídica aparece como cobertura incluida en muchas pólizas de hogar y de auto, pero con contenidos muy distintos entre productos.
En resumen
- Hay derecho a elegir libremente abogado y procurador en cualquier procedimiento.
- También cuando hay conflicto de intereses con la propia aseguradora.
- El abogado elegido no está sujeto a las instrucciones de la aseguradora.
- La aseguradora asume los gastos dentro de los límites de la ley y del contrato.
- El límite de gastos de la póliza es lo que conviene mirar antes de decidir.
Preguntas frecuentes
No. La ley reconoce el derecho a elegir libremente procurador y abogado en cualquier clase de procedimiento.
La aseguradora se hace cargo de los gastos dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato. Conviene consultar el límite que recoge la póliza.
La ley reconoce expresamente la libre elección también en los casos en que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato.
Este contenido es informativo y no sustituye asesoramiento legal para un caso concreto.
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